A- de 2022
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Funciones jurisdiccionales
- Funciones no jurisdiccionales
- Legitimación para promover conflictos de jurisdicción en graves violaciones de derechos humanos
- Incumplimiento del presupuesto subjetivo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto negativo de jurisdicciones entre la Fiscalía 47 Especializada contra las Organizaciones Criminales de Cúcuta y el Juzgado 86 de Instrucción Penal Militar.
La controversia entre las precitadas autoridades tuvo su origen en una denuncia penal interpuesta ante la Fiscalía General de la Nación por un sargento del Ejército Nacional, en contra de un capitán de la misma institución, por la presunta comisión del delito de homicidio en grado de tentativa, diligencias que fueron enviadas por la fiscalía asignada a la Jurisdicción Penal Militar, la que a su turno ordenó la devolución del expediente por no encontrar en la conducta investigada relación directa y próxima con el servicio.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones la Corte constató que no se satisfizo el primero, el cual exige que las partes en colisión ejerzan funciones jurisdiccionales.
Frente al particular indicó que el proceso penal mencionado se encuentra en fase de investigación y, en ese sentido, la Fiscalía no actúa en ejercicio de funciones jurisdiccionales y, en consecuencia, no está facultada para promover conflictos interjurisdiccionales.
Con base en lo anterior se ordena el envío del expediente a la Fiscalía 47 Especializada contra las Organizaciones Criminales de Cúcuta para lo que corresponda y para que comunique la presente decisión a las partes e intervinientes.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. Declararse INHIBIDA para emitir un pronunciamiento sobre el inexistente conflicto negativo de competencias entre jurisdicciones, planteado por la Fiscalía 47 Especializada contra las Organizaciones Criminales de Cúcuta (Norte de Santander).
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de esta Corporación, REMITIR el expediente CJU-1128 a la Fiscalía 47 Especializada contra las Organizaciones Criminales de Cúcuta (Norte de Santander), para lo que corresponda, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente providencia. Esta autoridad judicial deberá comunicar la presente decisión a las partes e intervinientes.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.